
La fachada de una oficina de la Agencia Tributaria.
La declaración de la Renta cambia por completo este 2025: estas son todas las novedades tributarias
Desde nuevas obligaciones para quienes cobran el paro hasta el pago por Bizum, estas son las principales novedades fiscales que debes conocer este año.
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Una vez iniciada la campaña de la declaración de la Renta el 2 de abril, es hora de conocer los principales cambios que afectarán a los contribuyentes en España, donde podemos encontrar una serie de novedades entre las que destacan las nuevas condiciones para declarar prestaciones por desempleo, la posibilidad de pagar a través de Bizum o los beneficios fiscales para afectados por la DANA, entre otros. Repasamos todas las novedades tributarias.
Pago de la declaración del IRPF por Bizum
Una de las principales novedades es que, por primera vez, los contribuyentes tendrán la posibilidad de usar Bizum para pagar su declaración del IRPF, que se suma de esta manera a los métodos tradicionales, como el cargo en cuenta, domiciliación bancaria, Número de Referencia Completo (NRC) o pago en oficina bancaria.
En cualquier caso, hay que tener en cuenta que cada entidad bancaria establece límites de uso para Bizum, por lo que se deben comprobar sus condiciones antes de efectuar el pago a través de este método.
Declarar si cobras el paro
A partir de la presente campaña de la declaración de la Renta, todas las personas que hayan recibido prestaciones por desempleo durante el pasado año 2024, tendrán la obligatoriedad de presentar este trámite, incluso en aquellos casos en los que los ingresos no superen los 15.876 euros.
Este es un cambio introducido en el Real Decreto-ley 2/2024, y dado el caso de que no se cumpla con esta obligatoriedad, según establece la Ley de Seguridad Social, se podría perder el derecho a percibir esta prestación.
Exentos con ingresos bajo 22.000 euros
En la declaración de la Renta 2024-2025, no tendrán que hacer la declaración los trabajadores con ingresos menores a 22.000 euros al año, siempre y cuando no hayan recibido más de 1.500 euros de un segundo pagador. Por otro lado, se ha elevado el umbral de la declaración hasta alcanzar los 15.876 euros en el caso de que se hayan recibido rentas de varios pagadores, cuando la suma del segundo y de los siguientes no supere los 1.500 euros.
Deducción por alquiler
A partir de 2024, los propietarios de una vivienda en alquiler, tienen la posibilidad de aplicar diferentes reducciones fiscales en función tanto de la fecha del contrato como de determinadas condiciones.
Para aquellos contratos que se hayan firmado antes del 26 de mayo de 2023, se mantiene una reducción del 60%, mientras que los firmados entre el 26 de mayo y el 31 de diciembre de ese mismo año, la reducción varía entre un 50%, 60%, 70% o 90%, en función de las condiciones del alquiler.
Para contratos firmados desde el 1 de enero de 2024, la reducción puede llegar a alcanzar el 90% si el alquiler se encuentra situado en una zona de mercado residencial tensionado y si el propietario ha rebajado la renta por encima del 5%. Asimismo, será de aplicación una reducción del 70% si se trata de la primera ocasión en la que el inmueble se alquila y el inquilino tiene entre 18 y 35 años. En otros casos, la reducción se situará entre un 50% y un 60%.
Novedades en la reducción por trabajo
La reducción fiscal máxima para trabajadores que tengan unas rentas inferiores a 19.747,5 euros ha aumentado desde los 6.498 euros del año anterior hasta alcanzar los 7.302 euros, en una medida que está especialmente enfocada a beneficiar a aquellos trabajadores que tienen ingresos medios y bajos.
Asimismo, con motivo de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 16.576 euros al año en 14 pagas, lo que supone 1.184 euros al mes, las empresas empezarán a aplicar retenciones de IRPF a sus trabajadores. No obstante, en este caso se trata de un cambio que afectará a aproximadamente el 20% de los beneficios, y se apreciará en la declaración de la Renta del próximo año.
Aumenta la deducción por maternidad
Las madres trabajadoras pueden aumentar la deducción en 1.000 euros adicionales por gastos de guardería del hijo menor de 3 años. A partir de ahora se aplicará también sobre guarderías sin autorización educativa, siempre que cuenten con la autorización correspondiente de apertura y funcionamiento.
Exención de impuestos para afectados por la DANA
Las personas que se han visto damnificadas por la DANA, no tendrán que tributar por las ayudas recibidas. Las ayudas exentas de IRPF incluyen las compensaciones por daños materiales y personales, las ayudas por desalojo de la vivienda habitual, y la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros.
Dado el caso de que el importe recibido por la indemnización supere el valor del daño, se considerará que existe una ganancia patrimonial, pero estará exenta de gravamen. Para los profesionales por cuenta propia afectados, se aplicará una reducción del 25% en el rendimiento neto de módulos en IRPF, además de poder renunciar a módulos en la declaración de la Renta.
Deducciones y beneficios fiscales
En la Renta 2025 se mantienen una serie de deducciones importantes como las que atañen a obras de eficiencia energética en viviendas, instalación de puntos de recarga para coches eléctricos y la compra de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como las deducciones por donaciones a ONG.
Con respecto a estas últimas, se amplían los beneficios fiscales, de manera que los primeros 250 euros donados se pueden deducir en un 80%, y para importes superiores, la deducción alcanza el 40% e incluso llegar al 45% si se dona a la misma entidad en varios años de forma consecutiva.
Nuevo sistema de devolución a mutualistas
Hacienda ha modificado la forma en la que se gestionan las devoluciones a mutualistas, de forma que en 2025 se puede solicitar la devolución del IRPF de 2019 y años no prescritos, en 2026, la del IRPF de 2020; en 2027, la de 2021; y en 2028, la de 2022.
Nuevo sistema de corrección de errores en la declaración de la Renta
Por último, cabe destacar que Hacienda ha introducido un sistema único para la corrección de autoliquidaciones, que permite a los contribuyentes la modificación de su declaración para completar o rectificar sin que sea necesario esperar por la resolución administrativa.